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Mostrando las entradas etiquetadas como Derecho Constitucional

La obligatoriedad de la revisión médica para los detenidos

Fuente de la imagen:  enlace El Artículo 520 LECrim reconoce que es un derecho de una persona detenida ser atendida por un médico forense. Es un derecho muy importante para la liturgia de la detención, ya que del informe médico que se emita podría derivar en responsabilidad penal, y por supuesto disciplinaria, para los funcionarios policiales si practican una detención sin los mínimos constitucionales exigidos. Hay quienes han adoptado como costumbre el presentar al detenido al centro de atención primaria protocolario incluso ante el deseo inequívoco del detenido a no ser atendido por el médico. Es decir, puede darse la situación en la que el detenido rechaza ejercer su derecho a ser visitado por el médico, pero los policías, en pro de su seguridad jurídica y para evitar cualquier denuncia falsa, deciden trasladar al detenido al centro médico de todas formas. Muchas veces el informe médico se basa en " el paciente ha rechazado ser revisado " o en reflejar lo que se ve a simpl...

La obligación de someterse a las alcoholemias: ¿Vulneración del derecho a no declarar contra sí mismo?

Imagen creada con Grok:  Grok / X En los delitos contra la seguridad viaria encontramos multitud de tipos diferentes con los que la policía judicial de tráfico trabaja a diario: desde la conducción bajo los efectos del alcohol, hasta conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso alguno o con el permiso retirado judicialmente o por pérdida de puntos. Según el Art. 379.2 CP se considera delito contra la seguridad viaria conducir un vehículo de motor o ciclomotor con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.6 mg/l. Esa medición se toma mediante etilómetros evidenciales debidamente calibrados y homologados para ello, lo cual es necesario para la garantía del conductor que se somete a la prueba de detección etílica. Según el artículo 21 del Reglamento General de Circulación (RGC), " todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol ",...

Libertad de expresión en el trabajo y ostracismo en RRSS

Foto de  enlace Estos días se ha hecho viral un vídeo de una enfermera del hospital Vall d'Hebron (Barcelona), originaria de Cádiz, en el que protestaba porque para poder optar a una plaza fija como funcionaria le requerían el C1 de Catalán. Ello ha levantado mucha polémica, como casi todo lo que tiene que ver con la diversidad lingüística en Cataluña, pero a pesar de todo he observado bastante consenso entre personas de diferentes ideologías políticas en que en Cataluña, para tener una plaza fija de funcionario, se ha de requerir un nivel mínimo de español y catalán, ambas lenguas oficiales de la comunidad autónoma. Podríamos debatir si el C1 es excesivo y podría bastar un B2, como se le pide a los aspirantes a agentes de Policía Local; pero como norma general todos estamos de acuerdo en que catalán y español son lenguas que han de requerirse y acreditarse mediante un título oficial. En mi opinión, también debería exigirse un C1 de español, ya que en la mayoría de oposiciones en C...

Es posible la movilidad horizontal de policías entre CCAA (STS 245/2023)

Foto de  enlace El 2023 ha empezado como un año interesante en materia de cuerpos de policía local en Cataluña. En apenas unas semanas ya se han resuelto por parte de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo dos recursos de casación con los que se ha respondido a una misma pregunta: ¿Puede un policía destinado en cualquier lugar de España presentarse para ser policía local en un municipio de una comunidad autónoma distinta a donde está destinado? Esta pregunta originó un litigio en el Juzgado Contencioso-Administrativo Número 3 de Barcelona cuando Luis María, Policía Foral de Navarra que quiso participar en la Convocatoria de 2017 para la selección por movilidad interadministrativa de 49 agentes de la Guardia Urbana de Barcelona. Luis María se vio excluido de la lista definitiva de aspirantes al no cumplir con los requisitos de las bases; concretamente el que exigía que los aspirantes debían ser " policía local en alguno de los municipios de Cataluña, miembro de los Mossos d'Esquad...

No es culpa del TC; es culpa de los políticos

Fotografía de  https://jaumesatorrahervera.wordpress.com/2021/03/17/pedro-sanchez-assegura-que-esta-disposat-a-reactivar-la-comissio-bilateral/  Llevaba muchos meses apartado de dar opiniones jurídicas que pudieran levantar ampollas en el foro político. Y lo he hecho, así como en su día archivé muchísimos artículos en mi blog que hoy no están disponibles, porque no me apetecía generar polémica en un ámbito que tanto rechazo me genera hoy: la política. Es tremendo lo que está pasando hoy en el Congreso de los Diputados: el gobierno de España y los diputados que sostienen la gobernabilidad de nuestro estado acusando a la oposición de intentar un golpe de estado (sí, sí, han leído bien) por haber interpuesto un recurso de amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional. Tal y como hicieron los políticos independentistas (y hacen), hoy se vuelven a repetir mantras que calan muy bien, suenan muy bonito si los piensas poco, y son un auténtico peligro para la democracia constit...

¿Golpe de estado o Autogolpe de estado? Perú en vilo.

Foto de  pedrocastillo juramentacion — Postimages (postlmg.cc) Quedará, por el momento, como anecdótico que Pedro Castillo haya intentado disolver el Congreso de Perú que trataba de aprobar contra él una moción de censura (en Perú conocida como moción de vacancia ) por incapacidad moral para ejercer el cargo. Pedro Castillo en su mensaje a la nación esgrimió los argumentos que todo buen golpista y aspirante a dictador expone: que la democracia está en peligro (y que no es por él), que tiene que salvar al pueblo con un gobierno de excepción, que en cuanto todo vuelva a la "normalidad" convocará elecciones democráticas,... nada que no hayamos visto en el resto de Suramérica o en nuestra España tan maltratada por los golpes de estado contra las sucesivas constituciones que hemos tenido desde 1812. Y digo que quedará como anecdótico este episodio porque, salvo sorpresa, Pedro Castillo se ha quedado solo, solísimo, más allá de alguna protesta que hemos visto. Desde mi punto de vis...

Derecho a una investigación eficaz sobre malos tratos de cuerpos policiales (STC 124/2022)

Foto de  https://imagenes.20minutos.es/files/image_944_626/uploads/imagenes/2019/10/15/1098885.jpg El Estado cuando es social y democrático de derecho tiene como mandato constitucional el de velar por el bienestar de la sociedad y el respeto al imperio de la ley con todos los medios a su alcance. Sin embargo, si nos limitamos a confiar en que el estado actuará con extrema benevolencia y bondad nos arriesgamos a que se produzcan excesos y abusos por parte de éste que a la larga (o a la no tan larga) impliquen la desaparición de la propia democracia, las libertades y los derechos fundamentales. Hoy hablo concretamente de las actuaciones policiales, que son actuaciones del estado a través de sus agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que tienen cuyo mandato, entre otros, es velar por el cumplimiento del ordenamiento jurídico y el orden público. Es manifiesto que en el ejercicio de estas funciones pueden producirse abusos o actos ilícitos por parte de los agentes de la policía, ...

Requisitos constitucionales de los actos de comunicación procesales (STC 110/2022, de 26/09/22)

Foto de enlace La correcta comunicación y notificación de cualquier acto administrativo es clave para velar por los intereses de los administrados y sus Derechos ante la Administración Pública, con especial relevancia en algunos procedimientos concretos. Especialmente los procedimientos de ejecución judiciales, los cuales tienen una especial trascendencia en materia de notificación y actos de comunicación procesal. Este tipo de procedimientos han vuelto a ser objeto de jurisprudencia constitucional en la reciente STC 110/2022 en la que vuelve a poner de relevancia los requisitos constitucionales para los actos de comunicación procesal y que estos surtan plenos efectos sin que haya una vulneración de los Derechos Fundamentales de los administrados. Estamos ante el caso de Manuel Muñoz, quien conoció extraprocesalmente (es decir, por medios ajenos al proceso) de que se estaba produciendo el embargo de algunos bienes suyos, por lo que decide interponer incidente de nulidad de las actuacio...

Sexting: lectura de la STS 2999/2022

Foto de  enlace Desgraciadamente, muchos de nosotros conocemos personas que han sufrido Sexting , que es la difusión de imágenes privadas y de carácter sexual obtenidas con el consentimiento de la víctima, cuya distribución se realiza sin el consentimiento de ésta a manos de normalmente una pareja o expareja, aunque no es necesario que haya habido tal relación sentimental. Se trata de una práctica que, a diferencia de otras conductas tipificadas en el Código Penal, es propia más bien de tiempos actuales. Tiene sentido que así sea, ya que dudo mucho que nuestras bisabuelas (la mayoría de víctimas son mujeres, estadísticamente) tuvieran miedo a que los bisabuelos en su juventud difundieran esas imágenes en una época en la que ni había redes sociales, ni había forma de hacer fotos con la facilidad de hoy en día. Recientemente el Tribunal Supremo ha abordado un supuesto de Sexting datado de alrededor de 2017 que ha llegado hasta el alto tribunal y ha dado una respuesta al caso. Se tra...