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Mostrando entradas de noviembre, 2022

Derecho a una investigación eficaz sobre malos tratos de cuerpos policiales (STC 124/2022)

Foto de  https://imagenes.20minutos.es/files/image_944_626/uploads/imagenes/2019/10/15/1098885.jpg El Estado cuando es social y democrático de derecho tiene como mandato constitucional el de velar por el bienestar de la sociedad y el respeto al imperio de la ley con todos los medios a su alcance. Sin embargo, si nos limitamos a confiar en que el estado actuará con extrema benevolencia y bondad nos arriesgamos a que se produzcan excesos y abusos por parte de éste que a la larga (o a la no tan larga) impliquen la desaparición de la propia democracia, las libertades y los derechos fundamentales. Hoy hablo concretamente de las actuaciones policiales, que son actuaciones del estado a través de sus agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que tienen cuyo mandato, entre otros, es velar por el cumplimiento del ordenamiento jurídico y el orden público. Es manifiesto que en el ejercicio de estas funciones pueden producirse abusos o actos ilícitos por parte de los agentes de la policía, y el

Requisitos constitucionales de los actos de comunicación procesales (STC 110/2022, de 26/09/22)

Foto de enlace La correcta comunicación y notificación de cualquier acto administrativo es clave para velar por los intereses de los administrados y sus Derechos ante la Administración Pública, con especial relevancia en algunos procedimientos concretos. Especialmente los procedimientos de ejecución judiciales, los cuales tienen una especial trascendencia en materia de notificación y actos de comunicación procesal. Este tipo de procedimientos han vuelto a ser objeto de jurisprudencia constitucional en la reciente STC 110/2022 en la que vuelve a poner de relevancia los requisitos constitucionales para los actos de comunicación procesal y que estos surtan plenos efectos sin que haya una vulneración de los Derechos Fundamentales de los administrados. Estamos ante el caso de Manuel Muñoz, quien conoció extraprocesalmente (es decir, por medios ajenos al proceso) de que se estaba produciendo el embargo de algunos bienes suyos, por lo que decide interponer incidente de nulidad de las actuacio