Foto de https://www.precintia.com/blog/cadena-custodia-precintos-seguridad/ En el mundo policial es clave el estudio, análisis y buena praxis policial en lo que se conoce como la cadena de custodia de una prueba. La Doctrina entiende que esta cadena de custodia es el conjunto de actos que se siguen desde la recogida de las pruebas o indicios de criminalidad hasta su aportación en el juicio oral para desvirtuar la presunción de inocencia. Un ejemplo de los que podemos encontrar en el derecho procesal sobre la cadena de custodia es el Artículo 334 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dispone que " el Juez instructor ordenará recoger en los primeros momentos las armas, instrumentos o efectos de cualquiera clase que puedan tener relación con el delito y se hallen en el lugar en que éste se cometió, o en sus inmediaciones, o en poder del reo, o en otra parte conocida ". Sin embargo, no es necesario que sea el juez instructor el que ordene la incautación de indicios, prueba
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