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Mostrando las entradas etiquetadas como Libertad

La obligatoriedad de la revisión médica para los detenidos

Fuente de la imagen:  enlace El Artículo 520 LECrim reconoce que es un derecho de una persona detenida ser atendida por un médico forense. Es un derecho muy importante para la liturgia de la detención, ya que del informe médico que se emita podría derivar en responsabilidad penal, y por supuesto disciplinaria, para los funcionarios policiales si practican una detención sin los mínimos constitucionales exigidos. Hay quienes han adoptado como costumbre el presentar al detenido al centro de atención primaria protocolario incluso ante el deseo inequívoco del detenido a no ser atendido por el médico. Es decir, puede darse la situación en la que el detenido rechaza ejercer su derecho a ser visitado por el médico, pero los policías, en pro de su seguridad jurídica y para evitar cualquier denuncia falsa, deciden trasladar al detenido al centro médico de todas formas. Muchas veces el informe médico se basa en " el paciente ha rechazado ser revisado " o en reflejar lo que se ve a simpl...

Libertad de expresión en el trabajo y ostracismo en RRSS

Foto de  enlace Estos días se ha hecho viral un vídeo de una enfermera del hospital Vall d'Hebron (Barcelona), originaria de Cádiz, en el que protestaba porque para poder optar a una plaza fija como funcionaria le requerían el C1 de Catalán. Ello ha levantado mucha polémica, como casi todo lo que tiene que ver con la diversidad lingüística en Cataluña, pero a pesar de todo he observado bastante consenso entre personas de diferentes ideologías políticas en que en Cataluña, para tener una plaza fija de funcionario, se ha de requerir un nivel mínimo de español y catalán, ambas lenguas oficiales de la comunidad autónoma. Podríamos debatir si el C1 es excesivo y podría bastar un B2, como se le pide a los aspirantes a agentes de Policía Local; pero como norma general todos estamos de acuerdo en que catalán y español son lenguas que han de requerirse y acreditarse mediante un título oficial. En mi opinión, también debería exigirse un C1 de español, ya que en la mayoría de oposiciones en C...

Sexting: lectura de la STS 2999/2022

Foto de  enlace Desgraciadamente, muchos de nosotros conocemos personas que han sufrido Sexting , que es la difusión de imágenes privadas y de carácter sexual obtenidas con el consentimiento de la víctima, cuya distribución se realiza sin el consentimiento de ésta a manos de normalmente una pareja o expareja, aunque no es necesario que haya habido tal relación sentimental. Se trata de una práctica que, a diferencia de otras conductas tipificadas en el Código Penal, es propia más bien de tiempos actuales. Tiene sentido que así sea, ya que dudo mucho que nuestras bisabuelas (la mayoría de víctimas son mujeres, estadísticamente) tuvieran miedo a que los bisabuelos en su juventud difundieran esas imágenes en una época en la que ni había redes sociales, ni había forma de hacer fotos con la facilidad de hoy en día. Recientemente el Tribunal Supremo ha abordado un supuesto de Sexting datado de alrededor de 2017 que ha llegado hasta el alto tribunal y ha dado una respuesta al caso. Se tra...

¿Por qué fracasan tantos Recursos de Amparo ante el Tribunal Constitucional?

Foto de  enlace Desde la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978, no ha habido jamás tamaño entramado jurídico e institucional de protección de nuestros Derechos y Libertades Fundamentales, a pesar de que ya existieron otros mecanismos en constituciones anteriores de una forma más, digamos, tímida. Los ciudadanos españoles, e incluso extranjeros residentes en España, tenemos la oportunidad de defender, exigir, y ejercer nuestros DDFF ante multitud de entes del estado: desde las administraciones públicas de todo tipo, hasta el poder judicial, pasando por otros como organizaciones y cortes internacionales o la mera denuncia a través de diferentes altavoces como son las organizaciones ciudadanas de la sociedad civil. No obstante, desde mi punto de vista, el que más trascendencia constitucional tiene es el Recurso de Amparo promovido ante el Tribunal Constitucional, reconocido en el Artículo 53.2 CE. Pero tristemente, los datos que comparte el TC con respecto a estos recur...

Lo de Puigdemont y el proceso de integración de la UE

Foto de  enlace Ayer mismo, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Don Jean Richard de la Tour, emitió sus conclusiones sobre el asunto C-158/21, el cual tiene relación con las órdenes de detención europeas emitidas por España para lograr el regreso de varios exdirigentes del conocido como Procés por el que fueron imputados en 2017, y por el que otros políticos ya fueron condenados en 2019 por el Tribunal Supremo por sedición y malversación de fondos [texto de dicha sentencia, en este enlace ] e indultados por el gobierno de España en 2021. Estas conclusiones no tienen unos efectos jurídicos, ya que no se trata de una decisión del Tribunal de Justicia de la UE; pero los que conocen un poco el Derecho comunitario saben de sobra que la mayoría de las veces la palabra de un abogado general es la que después acaba tomando el TJUE. El asunto que se está tratando tiene como objeto el de resolver una serie de cuestiones prejudiciales que España planteó vista la n...