El pasado 25 de septiembre, Giorgia Meloni se ha proclamado vencedora en las elecciones que se han celebrado en la República de Italia. Ella, en coalición con Salvini y Berlusconi, han vencido con holgada mayoría en estos comicios que dejan como resultado un partido de Extrema Derecha en el gobierno de la tercera economía del Euro y la primera jefa de gobierno en el país. Esta campaña electoral se ha visto marcada por unas declaraciones de la Comisaria Europea Ursula Von der Leyen en las que se afirmaba que la Unión tenía mecanismos con los que hacer frente a distintos itinerarios que pudieran tomar estados miembros como Polinia, Hungría u otros. Dichas declaraciones de la Comisaria han sido tremendamente criticadas por algunos sectores de la política europea que incluso han llegado a acusar a la UE de injerencia política en contra del ejercicio de la soberanía nacional de los estados miembros. Pero ¿es realmente esto lo que está sucediendo? Quizá sí lo es y en mi ignorancia no soy capaz de acabar de verlo, pero mi respuesta jurídica es poco afín a dicha visión.
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La Unión Europea es una organización internacional de estados europeos que pretenden integrarse en una unidad económica y política, lo que supone una serie de implicaciones como la libre circulación de ciudadanos, bienes y capitales entre las fronteras de los estados miembros, una vinculación directa o indirecta con el Euro como divisa, la creación de unas instituciones propias de esta organización, o incluso la cesión del ejercicio de competencias soberanas con capacidad normativa en favor de la UE.
Para el ciudadano de a pie de la Unión son palpables muchos beneficios derivados de la pertenencia de su estado a la UE: desde poder establecerse, estudiar y/o trabajar en prácticamente cualquier rincón de Europa, hasta gozar de una serie de instituciones que velan por la salvaguardia de sus Derechos y Libertades fundamentales como el TJUE o el TGUE.
Del mismo modo, los estados en cuanto a sujetos miembros de la Unión, tienen una serie de Derechos como poder acceder a los fondos y ayudas de la UE para la modernización de dichos estados o para afrontar situaciones de emergencia (por ejemplo, los Fondos Next Generation), acceder a bienes y servicios que modernicen el estado sin barreras aduaneras, o poder beneficiarse de esta libre circulación por la Unión con el establecimiento de nuevos contribuyentes en sus territorios.
Pero la UE no es sólo una unión económica o política por mera conveniencia, sino que lo es porque los estados que pasan a formar parte de la UE, o que aspiran a ello, son estados que, de acuerdo con su Art. 2 TUE, comparten de forma común una serie de valores que son inherentes a la sociedad europea, como son el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos.
No, al menos de momento. Pero por supuesto que podría llegar a serlo. Permítanme un ejemplo evidente: si cualquiera de ustedes quiere ser abonado o socio del Real Betis Balompié S.A.D. para poder acceder a entradas a mejor precio que nadie, descuentos en Merchandising, u otras ventajas, uno debe cumplir con las obligaciones derivadas de dicha condición como pagar las cuotas, no invadir el terreno de juego durante los eventos, o no atentar contra el decoro de la institución en cualquiera de sus formas en la medida de lo posible. Pues para que los estados de la UE puedan gozar con plenitud de efectos de todas las ventajas de ser parte de la Unión, hay que cumplir con las obligaciones derivadas de su pertenencia.
Las obligaciones de todos los estados miembros pueden resumirse en el respeto a los valores y principios de la UE (que en teoría les son inherentes y se presumen por la mera pertenencia a la UE, como ya desarrollé en artículos anteriores [enlace]) y el cumplimiento y aplicación de los Tratados y otras normas comunitarias en el seno de sus estados. Si Italia, o cualquier estado de la UE, decidiera ahora incumplir sistemáticamente con algunas de estas obligaciones generales, la UE se vería obligada a actuar para hacerlas cumplir.
Alguno podría cuestionarse, y con razón, que de ninguna manera puede un tercero (la UE, en este caso) atentar contra la soberanía nacional de un estado que ha decidido democráticamente tomar un rumbo político diferente al que marcan las directrices de la Unión Europea. Y tendrían toda la razón si no fuera porque ignoran/ocultan el hecho de que la República de Italia, en ejercicio de su soberanía nacional, se ha obligado con respecto a una serie de tratados internacionales que le obligan a cumplir con una lista de obligaciones básicas, y que en caso de no cumplir con dichas obligaciones existen una serie de mecanismos con los que hacerlas cumplir. Similar sucede con los estados federales o cuasi federales como el Reino de España, cuya Constitución contempla el Artículo 155 para forzar al cumplimiento de las obligaciones constitucionales a las autonomías que no las observen. Si Meloni o cualquier otro líder cree que el estado que gobiernan no debe cumplir con las obligaciones de la UE porque eso perjudica sus intereses, no tiene que hacer más que mirar al noroeste del continente e imitar el ejemplo británico abandonando civilizadamente la Unión. Sucede lo mismo en un matrimonio civil: hay maneras de limitar la capacidad de una de las partes para realizar negocios jurídicos que puedan perjudicar a la economía de la familia, a pesar de que ambos tienen plena capacidad jurídica para celebrar negocios jurídicos; y si uno quiere malgastar su patrimonio sin medida, primero debe disolver ese contrato que le vincula a otra persona.
Lamentablemente, cuesta mucho hablar de DUE, de DIP o de Derecho Constitucional sin tocar teclas que afectan a la política, y más en la actualidad en la que se ha puesto de moda que todo lo personal es político. Pero no perdamos el horizonte: los desafíos que plantean hoy Hungría y Polonia y que parece que seguirá Italia no son puramente políticos, sino jurídicos. Son jurídicos porque el incumplimiento de los tratados tiene efectos esencialmente jurídicos, no sólo políticos. Pero claro, ¿qué es más divertido y más rentable para las televisiones? ¿Analizar jurídicamente los efectos de una decisión gubernamental para tener bien informada a la población, o gritar muy fuerte en un plató "EXTREMA DERECHA, COMUNISTAS, FASCISMO, POPULISMO, DICTADURA, SOROS,..." y no sé qué más? Juzguen ustedes mismos.
Sillero Delgado
Terrassa, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós
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