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Comentario sobre los nuevos cambios en la ITV


Imagen creada con https://x.com/i/grok 

Ayer se publicó una noticia en los medios de comunicación que decía que la DGT iba a endurecer la normativa en relación a las ITV y su presentación dentro del periodo establecido.

En concreto, el medio The Objective anunciaba que se endurecían los controles sobre las ITV, que disponer de cita para presentarse a la ITV no exoneraba de responsabilidad por la infracción, la tipificación como muy grave el tener la ITV caducada hace más de un año (500€, actualmente son 200€, infracción grave, independientemente de cuándo caducó) y la pérdida de 3 puntos del permiso de conducir por circular con un vehículo cuya ITV esté caducada.


No nos creamos los globos sondas

Mi profesor de autoescuela, un tocayo adicto a las motocicletas y a los puertos de montaña, me dijo cuando estaba sacándome el permiso A que era muy común que se enviaran "globos sonda" con información sobre nueva normativa que nunca se ha confirmado. 

¿Cuántas veces se ha dicho que había que sacarse ya el permiso A porque en breves iban a examinar con un examen durísimo? Muchas, pero todavía no lo han hecho. "Com collons volen fer un examen del permís A si no hi ha examinadors per a la resta de carnets?" era la pregunta que se hacía mi profesor en clase, y ciertamente tiene razón. También dijeron lo mismo de los cascos de moto tipo Jet, que parecía que ya estaban prohibidos pero en el BOE todavía no se ha publicado dicha prohibición.

De hecho, he consultado personalmente el portal de notas de prensa de la Dirección General de Tráfico y no existe ningún comunicado relacionado con la noticia de The Objective.

En conclusión, no precipitemos acontecimientos de algo que la DGT todavía no ha dicho palabra.

De hecho, he buscado otras noticias relacionadas y no hay ninguna noticia que hable de un cambio normativo en ese sentido, sino que se habla de una ITV más adaptada a las nuevas tecnologías y a la conectividad.

Pese a ello, vamos a comentar los cambios que se anuncia en los medios.

Está caducada, pero tengo ya la cita cogida

Aunque es cierto que hay una cierta tolerancia en el ámbito policial de no denunciar la caducidad de las ITV cuando hace poco que han vencido y se tiene cogida cita para pasar la revisión, no existe ningún precepto que diga que exonere dicha infracción.

La ITV debe pasarse en plazo, y una demora de un día es una infracción grave del reglamento general de vehículos. Por lo que esa presunta "tolerancia cero" realmente ya existe normativamente hablando, aunque exista la posibilidad dentro del margen discrecional del agente valorar si procede o no denunciar la infracción; lo cual puede depender de dónde se halle el vehículo y las dificultades que existen para coger hora en determinadas zonas.

En conclusión, este cambio que se anuncia realmente no es tal.

De grave a muy grave: el plazo de un año

Esta modificación me parecería ciertamente un acierto, e incluso propondría que el plazo se redujera a seis meses.

La ITV sirve para comprobar que el vehículo cumple con las condiciones técnicas del vehículo y no supone un peligro para la seguridad viaria ni para el medio ambiente. Aunque a simpe vista creamos que el vehículo se encuentra en buen estado, debe ser un técnico especializado el que estudie el estado del coche y diga que está en condiciones para circular sin riesgo para los demás.

Evidentemente hay casos y casos, y no es lo mismo el coche que va de casa al trabajo y del trabajo a casa que el camión que hace dos mil kilómetros cada día; pero por eso hay distintos plazos para los diferentes tipos de vehículos. Imagínense un camión de la basura circulando con la ITV caducada (o desfavorable) desde hace más de un año por las calles donde pasean con sus hijos; ¿qué garantía tenemos que no suponga un riesgo para nuestra integridad o nuestra salud?

Por tanto, que la sanción se multiplique por 2.5 y la infracción pase a considerarse muy grave es algo a reconocer.

3 puntos de sanción por conducir un vehículo sin ITV vigente

No le encontraría sentido a una sanción así. No existe sanción en el RGV ninguna infracción que prevea detracción de puntos.

Eso se debe esencialmente a que los puntos se detraen por infracciones derivadas de la circulación y la conducción cuando es peligrosa para el resto de usuarios de la vía. Fuera de la Ley de Seguridad Viaria y del Reglamento General de Circulación no hay infracciones que detraigan puntos, y dudo que una modificación vaya a cambiarlo ahora.





En conclusión, para los conductores y titulares de vehículos no se prevén modificaciones sustanciales en la normativa de ITV.

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